Información y cuestionario sobre el servicio de jurado
Para propósitos del servicio de jurado, los juicios se celebran de martes a jueves de 9:00 a. m. a 4:30 p. m. Los jurados también pueden deliberar los viernes. Por lo general, la corte tomará dos recesos de 15 minutos aproximadamente a las 10:30 a. m. y a las 3:00 p. m. Las pausas para el almuerzo serán normalmente de 12:00 p.m. a 1:30 p.m.
La ley de California establece que "El servicio de jurado, a menos que esté excusado por la ley, es una responsabilidad de la ciudadanía. La corte y su personal tienen que emplear todos los medios necesarios y apropiados para garantizar que todos los ciudadanos calificados cumplan con esta importante responsabilidad cívica".
Se recomienda encarecidamente a los miembros de jurado a enviar las solicitudes de aplazamiento del servicio de jurado o a informar una dificultad tan pronto como tengan conocimiento de ello, pero en cualquier caso a más tardar 7 días antes de la fecha en la que se tienen que presentar para el servicio de jurado.
Elegibilidad
Todas las personas son elegibles y están calificadas para prestar servicio como miembros de un jurado, excepto las siguientes:
- Personas que no son ciudadanos estadounidenses
- Personas menores de 18 años
- Personas que no viven en California
- Personas que no son residentes del condado de Shasta
- Personas que han sido condenadas por una fechoría en el cargo y sus derechos no han sido restituidos
- Personas con un conocimiento insuficiente del idioma inglés
- Personas que están prestando servicio como miembros de jurado en un juicio o como miembros de un jurado de acusación en una corte de California
- Personas que están sujetas a una tutela
- Personas encarceladas en alguna prisión o cárcel
- Personas que han sido condenadas por un delito mayor y actualmente se encuentran en libertad condicional, supervisión comunitaria posterior a la liberación, libertad condicional por un delito mayor o supervisión obligatoria por la condena de un delito mayor
- Personas que actualmente están obligadas a registrarse como agresores sexuales de conformidad con la sección 290 del Código Penal con base en una condena por un delito mayor
Si cumple uno de los criterios antes indicados, visite el portal del servicio de jurado en shasta.courts.ca.gov, haga clic en el botón de elegibilidad y proporcione la información solicitada. No responda el resto de este cuestionario.
Aplazamientos
Aunque no se consideren una dificultad legal, puede haber otras razones por las que crea que no puede prestar servicio como miembro de un jurado en este momento. La corte puede encontrar un motivo justificativo para aplazar su servicio a otra fecha. Las razones que la corte puede considerar para aplazar su servicio a otra fecha pueden incluir las siguientes:
- Citas médicas que no se pueden reprogramar.
- Está lactando.
- Tiene planes de viaje esenciales para los que hizo compromisos (por ejemplo, ya compró boletos, etc.).
Si solicita el aplazamiento de su servicio a otra fecha, visite el portal del servicio de jurado, haga clic en el botón de aplazamiento y proporcione la información solicitada. No responda el resto de este cuestionario.