Taquígrafos de la corte
Ubicación de la corte
Corte principal
1515 Court Street,
Redding CA 96001
(530) 225-5698
Encuentre información sobre
Para recibir el pago de las transcripciones o por día, el taquígrafo de la corte presentará un formulario de reclamo impreso en papel verde que contenga la siguiente información con sus adjuntos, si los hay.
- Nombre y dirección del taquígrafo de la corte
- Monto, números de cuenta y descripción
- Documentación de las cuotas de transcripción
- Autoridad para el número de transcripciones solicitadas
- Comprobante de conteo de palabras/folio
Adjuntos:
- El método para documentar los folios consiste en escribir el desglose de su conteo de palabras y anotar sus iniciales en la lista de casos, el acta de órdenes judiciales o la nota de la apelación.
- Si recibe un acta de órdenes judiciales para una fecha, escriba en el margen el total de palabras de su conteo de palabras y ponga sus iniciales, y adjunte el acta de órdenes judiciales a su reclamo.
- En el caso de las apelaciones, escriba en la nota que recibimos de las apelaciones el desglose por fechas del conteo de palabras y ponga sus iniciales, luego el total de todas las fechas sumadas y la tarifa cobrada para que alguien que mire ese documento pueda ver cómo llegó usted al monto que está facturando. Si fusiona varias fechas en un solo expediente y hace el conteo de ese expediente, indique en esa nota las fechas que están incluidas dentro de ese expediente sobre el que está haciendo el conteo de palabras.
Ejemplo de informe de reclamo por transcripción (en inglés)
Formulario de informe de reclamo por transcripción - julio de 2022 (en inglés)
Formulario de informe de reclamo por transcripción - 2023 (en inglés)
Correo electrónico | Teléfono | |
Mary Christensen | courtreportermary@outlook.com | No aplicable |
Caroline Cansino | carolinecansino@gmail.com | No aplicable |
Kaitlyn Fox | kfoxcsr@gmail.com | No aplicable |
Christena Gray | grayrealty@charter.net | No aplicable |
Renee Grove | csrrgrove@earthlink.net | No aplicable |
Kimberly Johnson | stenokdk@comcast.net | No aplicable |
Suzanna Mickelson | suzannalynn@sbcglobal.net | No aplicable |
Greg Rasmussen | gcrcsr@gmail.com | No aplicable |
Stacey Schoenhofer | schoenhofer@suddenlink.net | No aplicable |
Monica Schoonover | mlscsr10220@gmail.com | No aplicable |
Sidney Miller (Semograd) | s.miller.csr@outlook.com | No aplicable |
Las transcripciones de la corte son preparadas por el taquígrafo que registró el proceso. Si desea solicitar una transcripción, necesitará obtener la siguiente información de la oficina del secretario antes de comunicarse con la oficina del taquígrafo de la corte. El número de teléfono de la oficina del secretario penal es 530-245-6789.
- El nombre completo del caso (en un caso penal: El pueblo contra nombre, segundo nombre, apellido)
- El número de caso
- La(s) fecha(s) de la(s) audiencia(s) concreta(s) que desea que se transcriban
- El nombre del juez que atendió el caso
- Los nombres de los abogados presentes (si se conocen)
- El nombre del taquígrafo de la corte que registró el proceso
Una vez obtenida esta información, comuníquese con el taquígrafo de la corte que registró el proceso. Las direcciones de correo electrónico aparecen en el directorio anterior. Si el nombre no aparece en la lista, llame al número de la oficina principal. Deje un mensaje si es enviado al buzón de voz y proporcione al taquígrafo toda la información arriba indicada, incluido su nombre y un número de teléfono de contacto. El taquígrafo de la corte puede estar en la corte, pero le llamará lo antes posible.
La elaboración de transcripciones tiene un costo. El monto que se cobra está fijado por el Código de Gobierno, y el monto total se determina en función de la duración del proceso. Se tendrá que depositar el costo estimado de la transcripción con el taquígrafo de la corte antes de que se transcriba el proceso.
Normalmente, se lleva tres semanas preparar la transcripción a partir de que se hace el depósito. Puede llevar más tiempo, dependiendo de la duración del proceso por transcribir y de la carga de trabajo del taquígrafo de la corte.
Casos civiles, de derecho de familia, testamentarios y otros, además de delitos mayores y casos de menores. Si un taquígrafo estaba presente para registrar un asunto civil, de derecho de familia o testamentario, ese taquígrafo habría sido contratado de manera privada por una de las partes del asunto. El acta de órdenes judiciales puede contener el nombre del taquígrafo privado que registró el caso. Los taquígrafos de la corte nombrados en el directorio de abajo solo registran casos de delitos mayores, de menores, Lanterman-Petris-Short (LPS) y de terminación de derechos paternos.
Las siguientes salas de audiencias usarán normalmente un taquígrafo certificado como se indica a continuación:
Departamento 21 | Todos los asuntos de delitos mayores y de menores, o según lo disponga la corte |
Departamento 22 | Todos los asuntos de delitos mayores y de menores |
Departamento 23 | Todos los asuntos de delitos mayores y de menores |
Departamento 24 | Todos los asuntos de delitos mayores y de menores, o según lo disponga la corte |
Departamento 41 | Todos los asuntos de delitos mayores y de menores |
Departamento 42 | Todos los asuntos de delitos mayores y de menores |
Departamento 43 | No se proporcionará taquígrafo a menos que lo disponga la corte |
Departamento 44 | Todos los asuntos de delitos mayores y de menores |
Departamento 51 | No se proporcionará taquígrafo a menos que lo disponga la corte |
Departamento 52 | No se proporcionará taquígrafo a menos que lo disponga la corte |
Departamento 53 | No se proporcionará taquígrafo a menos que lo disponga la corte |
Departamento 54 | Todos los asuntos de delitos mayores y de menores |
Departamento 63 | Todos los asuntos de delitos mayores y de menores |
Departamento 64 | Todos los asuntos de delitos mayores y de menores |
Nota: Los taquígrafos de la corte se proporcionan conforme a la
sección 70045.9 del Código de Gobierno y la regla local 2.06 de la corte. Las partes que soliciten un
taquígrafo de la corte en asuntos civiles, de delitos penales o delitos menores
tendrán que pagar una cuota conforme a la regla 892 de las Reglas de las cortes de California
o pueden optar por contratar y pagar uno.