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División de Tránsito

Tránsito

La Unidad de Tránsito de la División Penal maneja las contravenciones de las leyes de tránsito y otros delitos menores de las ordenanzas estatales y del condado. Estas contravenciones se consideran infracciones e incluyen, por ejemplo, exceso de velocidad, teléfonos celulares, registros vencidos y licencias para perros. Las infracciones se hacen cumplir mediante la emisión de citaciones ("multas") por parte de las agencias del orden público. El castigo por infracciones requiere el pago de multas y no conlleva ningún tiempo potencial de cárcel o prisión. En muchas circunstancias, puede pagar la multa sin comparecer en la corte. Para obtener información adicional, vea los menús de abajo o haga clic aquí.

 

Encuentre información sobre

Si usted es acusado de no usar apropiadamente un asiento de seguridad para menores (secciones 27360 o 27360.5 del Código de Vehículos – se requiere el uso obligatorio de sistemas de sujeción para menores pasajeros), un juez o comisionado puede encontrarlo elegible para una reducción de su multa al tomar una clase sobre sistemas de sujeción de menores impartida por Salud Pública del condado de Shasta. Si le interesa obtener más información sobre esta opción, comuníquese con la oficina del secretario de la Unidad de Tránsito antes de la fecha de vencimiento de su citación para programar una comparecencia en la corte.

Si usted no comparece para resolver su citación o no paga algún monto de multa ordenado, se le puede imponer una tasa civil de $100 conforme a la sección 1214.1 del Código Penal. Se le enviará por correo un Aviso de intención de imponer tasa civil antes de que se le imponga la tasa, y usted puede presentar una petición por escrito para anular o reducir la tasa en un plazo de 20 días a partir de la fecha del Aviso de intención de imponer tasa civil. Puede encontrar el formulario de petición aquí y la hoja de instrucciones aquí (en inglés).

Puede hacer horas de servicio comunitario para cumplir su multa. Tiene que inscribirse en persona en la oficina del secretario de la Unidad de Tránsito. Luego, se hace la programación a través del Departamento de Condena Condicional que cobra una cuota administrativa por el servicio. La acreditación contra su multa se da a razón de $32.00 por hora de trabajo.

Se puede presentar una apelación en un plazo de 30 días solo después de haber sido declarado culpable en un juicio ante un juez. No se aceptan nuevas pruebas en la apelación. La decisión de la corte de apelaciones se ocupa solo de la evidencia ofrecida y las decisiones tomadas en el momento del juicio. Los formularios requeridos para apelar se pueden obtener en el sitio web Formularios del Consejo Judicial.

La solicitud de un juicio nuevo después de haber sido declarado culpable mediante un juicio por declaración ("juicio de novo") se tiene que hacer presentando el formulario TR220 del Consejo Judicial dentro de los 20 días siguientes a la fecha en la que se le envió por correo la decisión de la corte. El formulario TR220 se puede obtener en el sitio web de Formularios del Consejo Judicial.

Lectura de cargos: un proceso inicial en la corte en el cual usted puede comparecer en persona para declararse culpable, culpable con una explicación, sin disputa o no culpable de la(s) infracción(es) de su citación.

Juicio ante un juez: un proceso de la corte en el que usted comparece en persona para testificar sobre los hechos de su caso. Se emitirá un citatorio para que comparezca el agente que emitió la citación. Usted tiene derecho a citar a testigos y a tener presente a un abogado si lo contrata.

  1. Puede solicitar una fecha de lectura de cargos para declararse (no culpable, culpable o sin disputa) sin depositar una fianza/multa. Si solicita una fecha de lectura de cargos sin depositar una fianza/multa, y se declara no culpable en la lectura de cargos (disputa su citación), en ese momento también puede solicitar que se programe un juicio ante un juez por separado sin depósito de fianza/multa, a menos que la corte declare una razón específica para requerir la fianza. El funcionario de la banca de la lectura de cargos programará la fecha de su juicio y usted tendrá que regresar a la corte en esa fecha. El agente que le citó será notificado para que esté presente en la fecha de su juicio.
  2. Si quiere disputar su citación y desea evitar múltiples comparecencias en la corte, puede solicitar que su lectura de cargos y juicio se celebren en la misma fecha mediante una de las siguientes opciones. Para solicitar una fecha de lectura de cargos/juicio combinados, tiene que pagar el monto adeudado antes de la fecha que viene en su aviso de cortesía. El agente que le citó será notificado para que esté presente en su fecha de lectura de cargos/juicio combinados.
    1. Usted puede solicitar una fecha de lectura de cargos y juicio combinados declarando su intención de declararse no culpable conforme a la sección 40519(a) del Código de Vehículos (VC, por sus siglas en inglés), en el entendido de que el pago del monto de la fianza/multa no constituye el registro de una declaración y que aun así se tiene que hacer una declaración de no culpable en el momento en el que usted comparezca para la lectura de cargos/juicio. Al recibir su solicitud y el pago del monto adeudado, la corte le notificará su fecha de lectura de cargos/juicio combinados por correo electrónico o por correo postal de EE. UU.
    2. Puede solicitar una fecha de lectura de cargos y juicio combinados presentando el monto de su fianza/multa. Conforme a la sección 40519(b) del VC, su solicitud constituirá su declaración por escrito de no culpabilidad de los cargos indicados en el aviso de cortesía y estará renunciando a su derecho a ser juzgado dentro del periodo establecido por ley.

*IMPORTANTE: La selección de esta opción requiere que el aviso de cortesía y el monto adeudado se presenten al secretario de la corte en persona o se envíen por correo certificado o registrado con matasellos no posterior a cinco días antes de la fecha de vencimiento. Al recibir el aviso de cortesía y el pago del monto adeudado, la corte le notificará su fecha de lectura de cargos/juicio combinados por correo electrónico o por correo postal.

NO PAGUE SU CITACIÓN EN LÍNEA O A TRAVÉS DEL SISTEMA TELEFÓNICO AUTOMATIZADO SI ESTÁ DISPUTANDO SU CITACIÓN.

Si tiene dificultades económicas y puede demostrar que no puede pagar el monto total de su multa de tránsito u otra infracción, puede solicitar a la corte que reduzca el monto de su multa, solicitar más tiempo para pagar, fijar un pago mensual asequible o convertir su multa en servicio comunitario. Se le pedirá que presente documentación financiera que respalde su solicitud. Si cumple los requisitos, la corte puede reducir el monto que debe. A continuación se presentan las dos formas en las que puede solicitar una determinación de capacidad de pago:

  1. Haga una solicitud en línea con la herramienta Capacidad de pago. Puede usar esta solicitud en línea si desea declararse culpable o sin disputa, y ser condenado por las contravenciones que aparecen en su citación. Este enlace no es válido si solicita mostrar un comprobante de corrección o si desea asistir a una escuela de tránsito.
  2. Comparezca en la corte para hacer esta solicitud (se requiere una cita para comparecer en la corte).

Si su citación fue remitida a Cobranzas de la corte y usted no puede pagar el saldo pendiente, aún tiene derecho a pedir a la corte que considere sus dificultades económicas presentando una petición en https://mycitations.courts.ca.gov.

     

    Si desea disputar su citación sin comparecer en persona, puede solicitar un juicio por declaración escrita (juicio ante un juez por correo) y no tendrá que comparecer en la corte. Esta opción se aplica a las infracciones del Código de Vehículos y a algunas otras infracciones, y no se ofrece en casos que involucren accidentes o que requieran una comparecencia obligatoria en la corte.

    NO PAGUE SU CITACIÓN EN LÍNEA O A TRAVÉS DEL SISTEMA TELEFÓNICO AUTOMATIZADO SI SOLICITA UN JUICIO POR DECLARACIÓN.

     
     
     

    Se envía por correo un aviso de cortesía a la dirección que aparece en la citación/multa. POR FAVOR TENGA EN CUENTA: Pueden pasar hasta cuatro semanas después de que reciba su citación/multa antes de que reciba un aviso de cortesía de la corte. La corte tiene que recibir primero la citación/multa de la agencia del orden público que la emitió antes de que se pueda generar y enviar por correo un aviso de cortesía. Si no recibe un aviso de cortesía antes de la fecha escrita en la parte inferior de su citación/multa, tiene que comunicarse con la corte. El hecho de no recibir un aviso de cortesía no lo exime de la responsabilidad de resolver su citación/multa.

    Un aviso de cortesía contiene información general sobre los requisitos y las opciones disponibles para resolver su citación/multa. Si recibió el aviso de cortesía, no es necesario que comparezca en la fecha que aparece en la parte inferior de su citación/multa, pero tiene que resolver la citación/multa a más tardar en la fecha de vencimiento indicada en el aviso de cortesía.

    Su citación/multa también puede ser remitida a la División de Cobranzas de la corte para el cobro del pago adeudado, con la imposición de una tasa civil adicional de $100 (sección 1214.1 del Código Penal (PC, por sus siglas en inglés)).

    Asegúrese de revisar detenidamente ambos lados del aviso de cortesía. Este incluirá la siguiente información:

    • Fecha de vencimiento
    • Monto de la fianza/multa (basado en las infracciones y en su historial de manejo)
    • Requisitos para el comprobante de corrección, si procede
    • Requisitos de comparecencia obligatoria en la corte, si procede
    • Información sobre la escuela de tránsito, si procede
    • Información sobre juicios ante un juez y juicios por declaración escrita
     
     

    • Se puede obtener una prórroga de 30 días por correo, por teléfono o en persona.
    • No se permiten prórrogas en las citaciones que requieran una comparecencia obligatoria en la corte.
    • No se permiten prórrogas una vez pasada la fecha de vencimiento.

    Si recibe un aviso de la corte o del Departamento de Vehículos Motorizados (DMV, por sus siglas en inglés) para informarle que se emitió una retención en su licencia de manejar por falta de comparecencia (FTA, por sus siglas en inglés), puede eliminar la FTA mediante uno de los tres métodos siguientes:

    • Pagando la totalidad del monto de la fianza, O
    • Acordando un plan de pagos en cuotas mensuales, O
    • Compareciendo en la corte.

    La retención de su licencia será eliminada de su registro del DMV el día hábil siguiente a la recepción de su pago o de su comparecencia en la corte. Para obtener más información sobre cómo pagar su citación, vea la sección "Opciones de pago" más abajo.

    ¿Puedo asistir a la escuela de tránsito de mi condado de residencia?

    Sí, si está en la lista de escuelas de tránsito aprobadas del condado de Shasta.

    ¿Cómo me inscribo para la escuela de tránsito?

    Por correo o en persona.

    ¿La fecha que aparece en la parte inferior de mi citación es una fecha de audiencia?

    Las infracciones (la mayoría de las contravenciones de tránsito y otros tipos de delitos menores) no exigen una comparecencia obligatoria en la corte, sino que la fecha que aparece en la parte inferior de las citaciones es la fecha antes de la cual usted se compromete a comunicarse con la corte. En la mayoría de los casos, recibirá un aviso de cortesía con más información e instrucciones antes de esa fecha. * Si no recibe un aviso de cortesía antes de la fecha de la parte inferior de la citación, tiene que comunicarse con la corte a más tardar en esa fecha.

    Si firmo un plan de pagos, ¿puedo aun así fijar una audiencia y solicitar que me reduzcan la multa?

    No, al firmar un plan de pagos, está admitiendo su culpabilidad de los cargos y comprometiéndose a pagar el monto total de la multa.

    Una infracción es una contravención o un incumplimiento de ciertas disposiciones del Código de Vehículos, una ordenanza local u otra ley o estatuto. Una infracción no se sanciona con prisión; la pena máxima en la mayoría de las infracciones es una multa de $250 (más tasas y cuotas). No puede ser condenado a tiempo de cárcel alternativo por una infracción y no puede tener un juicio con jurado.

    La oficina del secretario de la Unidad de Tránsito procesa solo los casos de menores que involucran infracciones. La información de los casos de menores es confidencial; por lo tanto, no se podrá acceder a la información a través de nuestro sistema telefónico automatizado. Si desea renunciar a la fianza/multa y es elegible para ello, uno de sus padres o su tutor legal tiene que llenar y firmar el aviso de cortesía. Tiene que hablar con un secretario para obtener cualquier información adicional relativa a casos de menores.

    En muchas circunstancias, se puede pagar la multa de una citación/multa por una infracción de menores sin comparecer en la corte. Las citaciones/multas que no requieren una comparecencia obligatoria o un comprobante de corrección normalmente se pueden pagar usando nuestro servicio de pago en línea, por correo o directamente en la oficina del secretario de la Unidad de Tránsito. Vea "PARA PAGAR SU CITACIÓN/MULTA (CONFISCACIÓN DE FIANZA)" para obtener más información sobre el pago de su citación.

    PARA PAGAR SU MULTA (CONFISCACIÓN DE FIANZA)

    Puede pagar su citación/multa mediante la confiscación de la fianza sin necesidad de hacer nada más. Tras el pago del monto adeudado mediante confiscación de la fianza que se muestra en su aviso de cortesía, se cerrará el caso. Si es reportable, la condena será remitida al DMV.

    En línea: usted puede ser elegible para pagar su monto total de fianza/multa en línea con tarjeta de crédito en nuestra página Servicios en línea. Tiene que conocer su número de citación/multa.

    Correo: puede hacer la mayoría de las transacciones por correo. Para pagar su fianza/multa por correo, envíe un cheque o giro postal (en dólares estadounidenses) a nombre de SHASTA SUPERIOR COURT antes de su fecha de vencimiento. Escriba en el cheque o el giro postal su número de lista de casos y el nombre de la persona que recibió la citación para asegurar el crédito adecuado.

    Teléfono: también puede pagar su fianza/multa por teléfono usando su tarjeta de crédito. Tiene que conocer su número de citación/multa y enviar su pago antes de la fecha de vencimiento. Para pagar su citación por teléfono, llame a la oficina del secretario de la Unidad de Tránsito. Seleccione la opción Unidad de Tránsito y siga las instrucciones que se le proporcionen. Las citaciones de menores no son elegibles para hacer el pago usando este servicio.

    En persona: puede pagar su fianza/multa directamente a un secretario de la oficina del secretario de la Unidad de Tránsito. Se acepta efectivo, cheques personales, giros postales y tarjetas de crédito o débito con los logotipos de Visa, MasterCard o Discover.

    Pagos en cuotas: si decide renunciar a la fianza de su caso, puede ser elegible para un plan de pagos mensuales. El pago mensual mínimo permitido es de $50.00.

    Tenga en cuenta: El secretario de la corte está autorizado a aceptar ciertos comprobantes de corrección estándares con el fin de reducir su multa. Es posible que se le exija programar una audiencia si desea que se revise alguna otra corrección para estas infracciones para una posible reducción de la multa.

    Solo los delitos considerados corregibles por un agente pueden ser desestimados después de que se muestre el comprobante de corrección a la corte. Las instrucciones específicas para obtener un comprobante de corrección para infracciones corregibles están en el reverso de su citación/multa. Se aplicará una cuota administrativa de $25.00 por corrección. El comprobante de corrección se puede obtener pidiéndole a un representante autorizado de cualquier agencia de policía que llene el certificado de corrección ubicado en el reverso de su citación/multa. Si las infracciones de las que se le acusa en su citación/multa involucran un registro de vehículo vencido, no tener licencia de manejar o no llevarla con usted, puede pedirle a un representante del Departamento de Vehículos Motorizados que llene el certificado de corrección cuando estas infracciones hayan sido corregidas.

    Infracciones por seguro

    Si recibió una citación/multa por una infracción por seguro y tenía seguro en el momento de la infracción o contrató un seguro después de haber sido citado, puede ser elegible para una reducción de la fianza/multa. Para obtener una reducción de su fianza/multa, tiene que presentar a la corte una verificación de cobertura de seguro. Si tenía un seguro válido en o antes de la fecha en la que se emitió la citación/multa, puede proporcionar un comprobante de seguro a la oficina del secretario de la Unidad de Tránsito por correo de EE. UU. o en persona. Tras el pago de la fianza/multa reducida, el cargo puede ser desestimado. Su fianza/multa puede reducirse a la mitad de la fianza/multa original si muestra un comprobante de seguro contratado después de la fecha de la citación. Tiene que contratar, como mínimo, una póliza prepagada de 90 días; sin embargo, el cargo no será desestimado.

    La corte aceptará como comprobante de cumplimiento una copia de la póliza de seguro o una copia de una tarjeta de identificación emitida por la aseguradora con la siguiente información del vehículo:

    • Número de póliza de seguro
    • Nombre de la compañía de seguros
    • Fecha de entrada en vigor de la cobertura
    • Fecha de vencimiento de la cobertura
    • Identificación del vehículo (año, marca, modelo, placa o número de identificación del vehículo (VIN, por sus siglas en inglés))

    Infracciones relacionadas con control de animales

    Se puede obtener un comprobante de corrección de las citaciones/multas emitidos por animales sin licencia o sin vacunar pidiéndole a un agente de control de animales que certifique que ya se hizo la corrección o presentando en la oficina del secretario de la Unidad de Tránsito una fotocopia de la licencia o del certificado de vacunación, o mostrando el recibo de pago de la licencia o vacunación vigente. No se requiere el pago de ninguna cuota si se corrigen las infracciones y se presenta un comprobante válido.

    Infracciones relacionadas con Caza y Pesca

    Si recibe una citación/multa por una infracción de pesca sin portar una licencia, (sección 7145(a) del Código de Caza y Pesca (F&G, por sus siglas en inglés)) y puede presentar un comprobante a la corte de que tenía una licencia válida vigente en o antes de la fecha de emisión de la citación/multa, puede ser elegible para una reducción de la fianza/multa. Para obtener la reducción de la fianza/multa, tiene que presentar una copia de la licencia de pesca válida en la oficina del secretario de la Unidad de Tránsito, ya sea por correo de EE. UU. o en persona.

    Las citaciones emitidas por los sistemas automatizados de cumplimiento de la ley se emiten al propietario registrado del vehículo que aparece en los archivos del Departamento de Vehículos Motorizados. Las citaciones son emitidas por el Departamento de Policía de Redding y enviadas por correo en los 15 días siguientes al incidente a la dirección proporcionada por el DMV.

    Si usted no era el conductor:

    En la citación que reciba de la agencia del orden público aparecerá una fotografía de la persona que manejaba el vehículo en el momento en el que se produjo la infracción. Si usted no era el conductor, llene la sección correspondiente de la citación y envíela inmediatamente por correo a la dirección que aparece en la citación. La agencia se comunicará con la corte en relación con su información. Si no llena la información requerida y la devuelve a la dirección que aparece en la citación y no comparece o se comunica con la corte antes de su fecha asignada, se agregarán sanciones adicionales a su caso y se suspenderá su licencia de manejar.

    También se pueden ver en línea las citaciones por cámara de semáforo en rojo. Para acceder a su aviso, visite www.photonotice.com. El sitio web le pedirá que introduzca los datos de su aviso y tendrá que incluir el código para Redding (REDDNG).

    Usted puede ser elegible para asistir a la escuela de tránsito si tiene una licencia de manejar válida y no ha asistido en los últimos 18 meses. Vea más adelante para determinar si es elegible o comuníquese con la oficina del secretario de la Unidad de Tránsito. Se requiere el pago de cuotas adicionales para asistir a la escuela de tránsito, además del pago del monto total de la fianza/multa.

    Si es elegible y desea asistir a la escuela de tránsito, tiene que pagar el monto adeudado por la escuela de tránsito antes de la fecha de vencimiento que aparece en su aviso de cortesía. Tras la recepción del formulario y el pago del monto adeudado (monto original de la fianza más $70.00 por la cuota de la escuela para infractores de tránsito (TVS, por sus siglas en inglés)), la corte le proporcionará más información sobre las escuelas aprobadas y las fechas de finalización por correo de EE. UU. o por correo electrónico.

    NO PAGUE SU CITACIÓN EN LÍNEA O A TRAVÉS DEL SISTEMA TELEFÓNICO AUTOMATIZADO SI ESTÁ CONSIDERANDO ASISTIR A LA ESCUELA DE TRÁNSITO.

    * AVISO: Si es elegible y decide no asistir a la escuela de tránsito, su seguro de automóvil puede verse afectado negativamente. Para los conductores con una licencia de manejar no comercial, una condena en cualquier periodo de 18 meses se mantendrá confidencial y no se mostrará en su registro de manejo si completa un programa de una escuela para infractores de tránsito. Para conductores con una licencia de conducir comercial, una condena en cualquier periodo de 18 meses aparecerá en su registro de manejo sin un punto de infracción si usted completa un programa de escuela para infractores de tránsito.

    Elegibilidad

    Usted puede ser elegible para la escuela para infractores de tránsito (TVS) si cumple todos los requisitos y un secretario de la corte o un juez aprobó su asistencia. Los requisitos son:

    • Tiene una licencia de manejar válida.
    • La infracción no se produjo en un vehículo comercial.
    • Las contravenciones son infracciones y son reportables al Departamento de Vehículos Motorizados.
    • No ha asistido a la TVS para la desestimación de una multa anterior emitida en los 18 meses anteriores a su multa actual.
    • No ha faltado a la comparecencia conforme a la sección 40508(a) del Código de Vehículos a menos que se haya adjudicado el cargo de falta de comparecencia, y se haya pagado cualquier multa impuesta en su totalidad.
    • No ha faltado a la comparecencia conforme a la sección 1214.1 del Código Penal a menos que se haya pagado la tasa civil monetaria en su totalidad
    • El presunto delito no
      • Tiene un recuento de puntos superior a uno conforme a la sección 12810 del Código de Vehículos.
      • Involucra la posesión de alcohol o drogas.
      • Involucra un exceso del límite de velocidad de más de 25 millas por hora.
    • El cargo es una contravención de la sección 22406.5 del Código de Vehículos.
    • Requiere una comparecencia obligatoria.

    Después de que presente su comprobante de finalización a la corte, su caso será reportado al DMV como una condena confidencial.
    * Puede verificar el estado de su certificado de finalización en www.courtcertservice.com.

    Todos los requisitos anteriores son su responsabilidad y tienen que completarse antes de noventa (90) días. No espere para inscribirse en la escuela o puede encontrarse con que los grupos están llenos y no podrá completar las clases y devolver el "Certificado de finalización" a la corte antes del día 90.

    Si no proporciona a la corte el formulario requerido de "Certificado de finalización" en un plazo de noventa (90) días, las cuotas pagadas a la corte conforme a la sección 42007 del Código de Vehículos se convertirán en fianza y se declararán decomisadas conforme a la sección 40512.6 del Código de Vehículos. La infracción se reportará al DMV como una CONDENA.

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